Dash cam (Cámaras de seguridad)

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Moto_Noob
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#1 Dash cam (Cámaras de seguridad)

Mensaje por Moto_Noob » 05 Jul 2019 01:02

Buenas a todos.

Antes de nada querría pedirle disculpas a los moderadores en el caso de haber ubicado el tema en el subforo equivocado (dudaba entre este y, quizás, el de GPS en el área técnica). Si no he elegido el subforo adecuado, movedlo al que corresponda, por favor.

Dicho esto, el caso es que en el año y medio que llevo con moto ya me han dado más de un susto los enlatados -por fortuna sin percances- y, desde el que me llevé el último hará un mes escaso, estoy dándole vueltas a la posibilidad de instalar unas cámaras (frontal y trasera) en mi DL650 con las que poder grabar todos mis viajes de forma íntegra y automática, por si las moscas.

Mirando por internet he encontrado 2 modelos que no parecen estar mal -salvo por el precio- pero, como apenas sé de este tema, quería preguntaros algunas cosillas al respecto:
  • ¿Son legales este tipo de cámaras aquí en España? ¿Pasan la ITV?
  • En el caso de instalarlas, ¿es necesario volver a pasar la ITV con ellas? (Procuro ser legal con estas cosas).
  • ¿Tenéis algunas cámaras de este tipo instaladas? ¿Conocéis marcas/modelos que merezcan la pena?
Ya, para finalizar, dejo los modelos que he mirado yo y su precio en Amazon España:
  • Blueskysea DV688. 145.99 €
  • INNOVV K2. 339.00 € ~359.00 €
¡V's!

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pabloski
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#2 Re: Dash cam (Cámaras de seguridad)

Mensaje por pabloski » 05 Jul 2019 09:32

Copio un texto que han publicado en una página de ciclismo los abogados de una empresa famosa respecto a una consulta similar: el resumen es que podemos grabar lo que queramos de manera lúdica, pero no lo podemos utilizar legalmente, porque las labores de videovigilancia están atribuidas a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y, salvo con un permiso judicial (o que un juez lo admita como prueba en un juicio), no se puede grabar a personas u objetos que no sean de nuestra propiedad salvo que sea para nuestro uso particular.

La ITV no la vas a pasar: cualquier dispositivo eléctrico, instalado de manera permanente, requiere de un proyecto, la certificación de un ingeniero y la legalización en una instalación autorizada por el Ministerio de Industria (ITV, por ejemplo).

Este es el texto copiado:

¿ES LEGAL USAR EN TU BICI (O EN UNA MOTO O UN COCHE) UNA CÁMARA PARA GRABAR Y PODER EMPLEAR ESAS IMÁGENES PARA DIFUNDIR DETERMINADAS CONDUCTAS?
Texto propiedad de Legalitas

Vamos a ir punto por punto para intentar resolver lo más claramente posible esta disyuntiva que, tras los últimos accidentes en los que se han visto involucrados ciclistas, llegando incluso a provocar la muerte, todo ello por la conducta más o menos negligente (o ilegal, como es el caso de conducir bajo los efectos de alcohol y drogas) por parte de unos y de otros. De ahí que nos surjan estas dudas; ¿sería legal grabar mientras circulamos en bicicleta o moto para así poder denunciar por medio de las redes sociales conductas maliciosas o ilegales por parte de conductores poco respetuosos con la normativa y con el prójimo?

LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS (LOPD)
No es un tema baladí, ni nuevo, el hecho de grabar en la vía pública como tal no es ilegal siempre y cuando estas grabaciones se usen en el ámbito doméstico, privado y así lo estipula el artículo 2 .2 de la LOPD “El régimen de protección de los datos de carácter personal que se establece en la presente Ley Orgánica no será de aplicación: a) A los ficheros mantenidos por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas. “

Es decir que siempre y cuando grabemos, pero no lo publiquemos o no lo compartamos, así que, sí podemos grabar, pero no compartir por lo que utilizar este material para denunciar una “pirula" de un conductor quedaría descartado.

NO ESTÁ TODO PERDIDO
Sin embargo, el que hace la ley hace la trampa: en caso de un accidente por ejemplo si lo hemos grabado, en principio sin la intención de compartir las imágenes si no a modo particular, sí podríamos proponer dicha grabación como prueba en juicio; ya que únicamente se reproduciría la misma en el procedimiento el cual está sujeto a protección de datos. En cuanto a poder compartir la grabación en redes sociales, en principio sí podríamos (aquí la AGPD tampoco se "moja" en exceso y sostiene la postura de analizar cada caso concreto) siempre y cuando se respeten el derecho a la intimidad y propia imagen de los demás, si subimos el video a FB de un coche haciendo una maniobra ilegal, para curarnos en salud, debemos “pixelar” la matrícula, caras y/o voz del grabado infractor.

Pero lo que en principio y si la AGPD nos llama a analizar el caso concreto, nosotros recomendamos lo mismo (no vamos a ser más papistas que el Papa) entendemos que si una actitud una acción una maniobra pudiera ser constitutiva de delito y haya podido poner en peligro la seguridad vial y con ello la vida de los usuarios de la vía podremos con esa grabación acudir a la Fuerzas de Seguridad del Estado para darles traslado de tal extremo.
Lo que sí está claro es que la finalidad de nuestra grabación debe ser de carácter lúdico y personal, es decir la finalidad no puede ser de vigilancia, para ello están las fuerzas del orden.

Para terminar, traemos a colación la Guía de Video vigilancia realizada por la AGPD que sería lo más análogo que disponemos:

Por otra parte, existen casos en los que no procede aplicar la LOPD: No se aplica al tratamiento de imágenes en el ámbito personal y doméstico, entendiéndose por tal el realizado por una persona física en el marco de una actividad exclusivamente privada o familiar. Ej. No se aplican los principios de protección de datos a las grabaciones realizadas en el contexto de un viaje turístico o en una celebración familia.
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#3 Re: Dash cam (Cámaras de seguridad)

Mensaje por luchas7 » 05 Jul 2019 10:46

La cosa aún no está clara respecto a las grabaciones con cámaras en motos, coches o demás vehículos...la AEPD hace 2 distinciones, grabaciones domésticas y uso privado y grabaciones de videovigilancia, estás últimas están prohibidas a particulares no autorizados con sus consiguientes multas ( la AEPD " sacude bien").
A la ITV ni te arrimes con eso montado y ojo como las montas que los guardias te pueden meter en un problema.
Utilizar el sentido común suele funcionar ...Vss

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#4 Re: Dash cam (Cámaras de seguridad)

Mensaje por cneira22 » 05 Jul 2019 14:42

Hola.

Yo llevo dashcam en el coche, y por lo que yo se te puedo decir:

- es legar llevarlas, no que no es legal, es usarla como camara de vigilancia 24h, es decir, de forma ininterrumpida; pero si la usas como camara de grabación puntual... si se puede usar. Una camara de grabación ininterrumpida en zona publica, necesita de autorización de la autoridad; y si es en zona privada comun tambien necesita autorización de la comunidad. Pero si la usas como camara de grabación puntual, si la puedes usar. Y se considera grabación puntual, cuando grabas al conducir.

- Para la moto necesitarás que sea impermeable.
- algo importante... debido a las altas temperaturas que puede alcanzar, mejor que sea sin bateria; en vez de bateria que lleve supercondensadores: para que son los supercondensadores o la bateria? pues para finalizar la grabación. La camara si la pones para que al apagar la moto se corta la grabación... necesitas una vez que se apague la moto, unos segundos de energia para que la camara termine de cerrar el archivo de grabación.

En un coche, que en el interior, se pueden alcanzar muy altas temperaturas... una bateria puede explotar o incharse; en una moto, si está al sol lo mismo, y si está a la sombra es posible que la bateria aguante, ya que por lo menos está al alire libre. Pero si va con supercondensadores mejor, ya que estos no les afecta tanto el calor.

Luego otras cosa.... la tarjeta de memoria para estas camaras, mejor que sean propias para sistemas ininterumpidos de grabacón... tarjetas tipo "hig endurance" o por el estilo. Son mas caras las tarjetas, pero te aseguras que duren mas tiempo y no te dejen tirado.

Y no se que mas contarte... yo nunca he tendio que hacer uso de las grabaciones... pero la tranquilidad que te dá, es lo mejor.

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#5 Re: Dash cam (Cámaras de seguridad)

Mensaje por Moto_Noob » 05 Jul 2019 14:49

Pues con lo de pasar la ITV y necesitar un proyecto de instalación ya tengo claro que la idea va a quedarse en barbecho durante un tiempo (como cuando me planteé ponerle luces de esas "antiniebla"). Al final está claro que aquí lo importante es abrirle tu cuenta corriente al Estado, sea por el motivo que fuere.

Aún así me parece importante que sigáis comentando vuestros pareceres al respecto porque, a la larga, creo que es algo que acabará implantándose por los beneficios que supone en la investigación de accidentes.

P.D: Esto me era absolutamente desconocido:
cneira22 escribió:
05 Jul 2019 14:42
- algo importante... debido a las altas temperaturas que puede alcanzar, mejor que sea sin bateria; en vez de bateria que lleve supercondensadores: para que son los supercondensadores o la bateria? pues para finalizar la grabación. La camara si la pones para que al apagar la moto se corta la grabación... necesitas una vez que se apague la moto, unos segundos de energia para que la camara termine de cerrar el archivo de grabación.

En un coche, que en el interior, se pueden alcanzar muy altas temperaturas... una bateria puede explotar o incharse; en una moto, si está al sol lo mismo, y si está a la sombra es posible que la bateria aguante, ya que por lo menos está al alire libre. Pero si va con supercondensadores mejor, ya que estos no les afecta tanto el calor.

Luego otras cosa.... la tarjeta de memoria para estas camaras, mejor que sean propias para sistemas ininterumpidos de grabacón... tarjetas tipo "hig endurance" o por el estilo. Son mas caras las tarjetas, pero te aseguras que duren mas tiempo y no te dejen tirado.

Y no se que mas contarte... yo nunca he tendio que hacer uso de las grabaciones... pero la tranquilidad que te dá, es lo mejor.
P.D. 2: Esa es la cuestión, que vas a poder defenderte legalmente de cualquier jugada que te hagan con pruebas:
cneira22 escribió:
05 Jul 2019 14:42
yo nunca he tendio que hacer uso de las grabaciones... pero la tranquilidad que te dá, es lo mejor.

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#6 Re: Dash cam (Cámaras de seguridad)

Mensaje por cneira22 » 05 Jul 2019 18:31

Moto_Noob escribió:
05 Jul 2019 14:49
Pues con lo de pasar la ITV y necesitar un proyecto de instalación ya tengo claro que la idea va a quedarse en barbecho durante un tiempo (como cuando me planteé ponerle luces de esas "antiniebla"). Al final está claro que aquí lo importante es abrirle tu cuenta corriente al Estado, sea por el motivo que fuere.
ITV?? para que?

Si le pones un "camaron" en todo el medio... hombre... pues igual te dicen que molesta a la visión, o que puede soltarse y dañar a alguien... pero una dash cam impermeable, de pequeño tamaño... puesta en sitio discreto: debajo del morro de la moto, justro detras de la cupula, encima del guardabarros delantero entre la horquilla, en una de las rejillas negras que tiene a los lados y debajo del faro, ect.... que apenas se ve, y con todad la instalación oculta y amarrada.... No necesitas itv.

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#7 Re: Dash cam (Cámaras de seguridad)

Mensaje por Moto_Noob » 07 Jul 2019 14:37

cneira22 escribió:
05 Jul 2019 18:31
ITV?? para que?
Porque no hacerlo sería ilegal y, además, sería suficiente para no estar cubierto por el seguro en caso de accidente. A mí me gusta hacer las cosas por lo legal y, por ejemplo, no entiendo a la gente que lleva una moto a pasar la ITV y luego otra cuando sale de su casa porque les han cambiado de todo.

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#8 Re: Dash cam (Cámaras de seguridad)

Mensaje por cneira22 » 07 Jul 2019 21:54

Moto_Noob escribió:
07 Jul 2019 14:37
cneira22 escribió:
05 Jul 2019 18:31
ITV?? para que?
Porque no hacerlo sería ilegal y, además, sería suficiente para no estar cubierto por el seguro en caso de accidente. A mí me gusta hacer las cosas por lo legal y, por ejemplo, no entiendo a la gente que lleva una moto a pasar la ITV y luego otra cuando sale de su casa porque les han cambiado de todo.
Poner una camara para grabar, no tienes que homologarlo en la itv; no afecta al funcionamiento, dimensiónes, iluminación, ni ninguna regla que la itv verifique. Salvo que pongas una camara que ocupe muuuucho, sea pesada, se pueda solar, aumente las cotas de la moto... ect.

Como conté, si la pones como "camara de vigilancia inninterrupida" tendras que pedir permiso en algún ministerio de la administración del estado; pero para usarla como camara de grabación personal y puntual (cuando conduces se considera puntual; no necesitas autorización ninguna.

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