................y cuando le vea, le voy a dar en Tos los morros.

A ver, ¿ alguno cuando aprobó el Permiso de Conducir moto, se le ocurrió, poner la "L", en la misma?

.........sí, sí, no os riáis, que por si no lo sabéis, es OBLIGAATORIO.
Lo cierto es que cuando yo me lo saqué, hace.....................hace mucho, lo pensé, pero no lo hice, (claro que las cosas no están como ahora)
pero tengo claro que con las circunstancias actuales, si lo haría. Y una cosa, no vale la del coche, esta es específica para moto, las dimensiones las pongo al final.....................a no ser que quieras tener un " nuevo guardabarros"

De todas formas, por si alguno duda, o no se lo cree, se lo dejo aquí:
SANCIÓN
VEH 18 1 1C No llevar instalada en el vehículo la señal reglamentaria correspondiente de conductor novel (V-13) 150 euros
Anexo XI del RD 2822/1998:
V-13 CONDUCTOR NOVEL
1. Indica que el vehículo está conducido por una persona cuyo permiso de conducción tiene menos de un año de antigüedad.
2. Los conductores de vehículos que deban llevar esta señal no podrán circular a velocidad superior a 80 kilómetros por hora.
Sobre esta velocidad máxima prevalecerán las inferiores establecidas en razón a otras condiciones personales del conductor, al vehículo conducido o a la vía, ya sea de forma permanente o circunstancial.
3. Deberán llevar esta señal los vehículos cuyos conductores hayan obtenido por primera vez un permiso de conducción durante el período de un año, que se considerará ampliado por el período de suspensión e intervención del permiso que pueda acordarse contra dichos conductores
No se considerará que hayan obtenido permiso de conducción por primera vez aquellos conductores que hubieran sido titulares, con posesión efectiva por un período mínimo de un año, de otro permiso nacional o extranjero de cualquier clase, ya sea civil o militar.
4. Esta señal deberá estar colocada en la parte posterior izquierda del vehículo, en sitio visible.
Por excepción, en las motocicletas, vehículos para personas de movilidad reducida y vehículos de tres ruedas, será suficiente que la señal vaya colocada en sitio visible de la parte posterior.
Dicha señal, que será movible, no sustituirá a la señal V-4 de limitación de velocidad.
5. En esta señal figurará la letra L, y sus dimensiones, color y características técnicas se ajustarán a lo dispuesto a continuación:
Dimensiones (mm) de las placas anterior y posterior/Motocicletas, vehículos para personas de movilidad reducida y vehículos de tres ruedas y cuatriciclos/Demás vehículos
Anchura de la placa 100 150
Altura de la placa 130 195
Altura de la letra L 100 150
Anchura de la letra L 70 105
Espacio entre letras 20 29
Anchura del trazo de la letra L 6 3,5
Imagen
LÁMINA REFLECTANTE Color: VERDE NIVEL 2 / BLANCO NIVEL 2
MATERIAL DEL SUSTRATO Placa soporte: Plancha de aluminio de 1.4 ± 0.1 mm
Aleación 1200 H14 y/o H24
CARACTERES Y SUS TINTAS Impresos sobre el material reflectante
Tipo de tinta: Blanco mate
BORDÓN Exteriormente a la superficie reflectante y en todo su contorno, las placas llevarán un reborde (bordón) redondeado según la figura adjunta
¡¡Ala!!, a confesarse.