ten mucho cuidado con lo que te ha dicho kunny,a todos los efectos vas conduciendo una moto de la que no tienes carnet para ello,en caso de siniestro (sea grande o pequeño) la aseguradora de echa patras (aunque no seas el culpable la otra aseguradora se agarrara a esto y tampoco pagara daños),por lo que el paganini de tooodos los gastos derivados del accidente,incluido indemnizaciones costosisimas correran de tu parte
Airam escribió:Hola, en breve tengo que pasar la ITV a mi V y sólo la tengo limitada en papeles. El tipo de limitador es el del gas. Le podre pasar la ITV sin tener el limitador puesto. Gracias, un saludo

todo depende de la itv a la que vayas,a la que yo fui era para correrlos a gorrazos,les esplique que venia a qie me miraran y certificaran que mi moto estaba limitada...despues de un cuarto de hora esperando a ver si se ponian de acuerdo en que me iban a mirar me comprobaron la frenada de rueda delantera y elhaz de luz los faros y ...,ya esta,moto limitada y "soplada" de un puñado de euros,una verguenza
ayer mismo le hice una prueba mas seria para comprobar la diferencia de estar limitado a no estarlo,200 kms de carretera a duo...la moto anda practicamente igual que antes,solo que haora tienes el doble de recorrido de acelerador,pero esa otra mitad del acelerador a hora es util,antes la usaba y no servia para nada,ahora la moto sigue estirando a partir de esas famosas 6000,pero en una conduccion normal esa recorrido del puño apenas se utiliza por lo que practicamente tienes las mismas prestaciones que antes y si eres un tipo tranquilo,si...,en un cuestarron incorporandome a una autovia iba en 4ª y por un camion y un audi tocapelotas la estire hasta....los 150 kmh y tiraba pero a 9000 vueltas mas o menos,que si quieres que se note la diferncia hay que darle al puño,en conduccion normal no vas a notar practicamente nada
saludos