Coche y Moto en la misma plaza de garaje
Moderadores: Chichu, Triskel, Ultimo Mohicano
- PETRUSKI
- V.I.P.
- Mensajes: 1566
- Registrado: 09 Nov 2008 12:48
- Ubicación: Vilagarcía de Arousa. Alex .
#1 Coche y Moto en la misma plaza de garaje
Bueno chic@s. Supongo que sereis muchos los que como yo aparcais la moto y el coche en la misma plaza de garaje que tenemos en nuestro edificio. Y supongo que en más de una ocasión alguno habrá tenido problemas con el de la plaza de al lado o con cualquier otro vecino que aunque no le moleste nuestra moto siempre tiene que incordiar.
Pues bien, estaba buscando sentencias por otro asunto y me he encontrado con una de la Audiencia de Barcelona de 6 de septiembre de 2004 que dió la razón a un vecino que guardaba en la misma plaza el coche y la moto, después de que lo denunciase el vecino de al lado porque decía que la moto y el coche sobresalían un poco de la plaza y le molestaba al aparcar su coche.
Pues como digo, la Audiencia, en sentencia firme le dió la razón a este motero y estableció que podía guardar los 2 vehículos en la plaza. Bueno, espero que haya sido de vuestro interés. Si quereis más detalles puedo copiar la sentencia, saludos.
Pues bien, estaba buscando sentencias por otro asunto y me he encontrado con una de la Audiencia de Barcelona de 6 de septiembre de 2004 que dió la razón a un vecino que guardaba en la misma plaza el coche y la moto, después de que lo denunciase el vecino de al lado porque decía que la moto y el coche sobresalían un poco de la plaza y le molestaba al aparcar su coche.
Pues como digo, la Audiencia, en sentencia firme le dió la razón a este motero y estableció que podía guardar los 2 vehículos en la plaza. Bueno, espero que haya sido de vuestro interés. Si quereis más detalles puedo copiar la sentencia, saludos.
-
- Cansino
- Mensajes: 925
- Registrado: 19 Oct 2008 22:47
- Ubicación: Aluche (Madrid)
- hudsin
- V.I.P.
- Mensajes: 6982
- Registrado: 11 Abr 2007 13:56
- Ubicación: Barcelona (Barri del Clot)
- Contactar:
#3 Re: Coche y Moto en la misma plaza de garaje
Para marcar jurisprudencia es un buen apunte. Merci, Petruski
Es que hay cada huevon de vecino que son para mardarlos a un sitio que me se.

Es que hay cada huevon de vecino que son para mardarlos a un sitio que me se.
Crónicas de viajes y otras cosas en moto: http://www.hudsinvstrom.es.tl
- PERIGUAY
- V.I.P.
- Mensajes: 3209
- Registrado: 21 Dic 2007 14:07
- Ubicación: Pedro/Ávila/Comando Vextrem/Comando Castilla
#4 Re: Coche y Moto en la misma plaza de garaje
Peroo, que alegó el Juez, acaso se puede invadir la plaza de garaje del vecino????
..o era una zona comun??
Explicalo, por favor
Un saludo


Explicalo, por favor

Un saludo
"Nunca discutas con un imbéc*l, te rebajarás a su altura y ahí te ganará por experiencia"
- PETRUSKI
- V.I.P.
- Mensajes: 1566
- Registrado: 09 Nov 2008 12:48
- Ubicación: Vilagarcía de Arousa. Alex .
#5 Re: Coche y Moto en la misma plaza de garaje
no, no invadía la plaza del vecino, aparcaba el coche y delante del coche, pegado a él, la moto. Moto y coche ocupaban de largo 4,70 cuando no podía superar 4´50. Ello dificultaba (que no impedía) al vecino, según él, la maniobra de aparcamiento en su plaza. El juez de primera instancia le dió la razón a este último pero la Audiencia corrigió al Juez y dió la razón al "motero".
De todos modos, en lugar de explicarme yo, mejor será que os copie la setencia misma. Voy a buscarla y dentro de un rato trato de copiarla aquí. Saludos.
De todos modos, en lugar de explicarme yo, mejor será que os copie la setencia misma. Voy a buscarla y dentro de un rato trato de copiarla aquí. Saludos.
- kunny13
- V.I.P.
- Mensajes: 5512
- Registrado: 01 Oct 2006 13:49
- Ubicación: Rafa - Almeria
- Contactar:
#6 Re: Coche y Moto en la misma plaza de garaje
Por lo que entiendo al final, los 20 cetnímetros que invade no lo hace en la plaza del vecino, sino en la zona común ( o donde se hace la maniobra), por lo que siendo así, el vecino por sí solo no puede reclamar un derecho propio siendo una zona común, por lo que para que eso prosperara, debería de iniciarse otro procedimiento en el que la comunidad, fuese la que demandara al " motero".
Uno no puede defender un derecho del que no es porpietario.
Uno no puede defender un derecho del que no es porpietario.
- endohe
- Cansino
- Mensajes: 707
- Registrado: 25 Abr 2008 11:46
#7 Re: Coche y Moto en la misma plaza de garaje
En mi comunidad hace tiempo hubo problemas por que los vecinos tenian miedo a que el seguro en caso de siniestro,pusiera pegas,una vez aclarado el tema lo vecinos sin problema menos algun chalado que da la casualidad que nos ha rayado el coche en alguna ocasión a lo que tenemos moto y a los que no tambien gente que nos dio permiso para poder aparcar las motos,grillaosssss los hay en todos lados
VUELTA AL ORIGEN
-
- V.I.P.
- Mensajes: 1443
- Registrado: 18 Ago 2008 23:41
- Ubicación: Avilés [Asturias]
#8 Re: Coche y Moto en la misma plaza de garaje
En mi garaje , lo que tenemos , es un par de zonas comunes , para aparcar las motos , y con eso problema resuelto , aunque por el tamaño de mi plaza de garaje , podria aparcar ambos vehiculos , es más comoda esta solución.De todas formas , esta bien conocer la existencia de una sentencia asi , aunque luego no siente precedente , y para poco valga.
Maruja , si no entra empuja ... VSSSSSSS
- PETRUSKI
- V.I.P.
- Mensajes: 1566
- Registrado: 09 Nov 2008 12:48
- Ubicación: Vilagarcía de Arousa. Alex .
#9 Re: Coche y Moto en la misma plaza de garaje
Bueno, para que mi exposición no de lugar a malentendidos, elucubraciones, o interpretaciones erróneas, os dejo la sentencia y que cada uno la interprete como mejor le parezca o sepa. Sólo he borrado los datos intrascendentes. Saludos.
Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 4ª, Sentencia de 6 Sep. 2004, rec. 145/2004
Admisión del estacionamiento en una misma plaza de garaje de un turismo y una motocicleta si no se dificulta el acceso a la plaza colindante.
PROPIEDAD HORIZONTAL. Plazas de garaje. Acción ejercitada por el propietario de una plaza de parking a fin de que se impida al propietario de la plaza de aparcamiento colindante que estacione en ella, junto a un turismo, una motocicleta de su propiedad. Si se considera que, en estricta buena relación de vecindad, debe tolerarse la dificultad que pueda proceder del estacionamiento de un vehículo de grandes dimensiones, no se aprecian razones que justifiquen la no tolerancia de la situación litigiosa (moto + coche), cuando consta que la maniobrabilidad es sencilla.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: ESTIMAR PARCIALMENTE la demanda presentada por Don Marcos CONDENANDO a don Víctor Manuel a retirar la motocicleta de su propiedad que tiene colocada delante de la plaza de garaje sita en la casa NUM000 de la CALLE000 NUM001-NUM002 de Sant Boi de Llobregat, sin que haya lugar a la indemnización de daños y perjuicios y sin que haya lugar a la imposición de costas."
SEGUNDO.- Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- El actor, en su calidad de propietario de la plaza de parking correspondiente a la casa número NUM003 de la CALLE000, NUM001-NUM002, de Sant Boi de Llobregat, ejercita acción a fin de que se impida al propietario de la plaza de aparcamiento colindante, correspondiente a la casa número NUM000, que estacione la motocicleta de su propiedad en el paso comunitario, alegando que desde el mes de octubre de 2002 el demandado aparca en su misma plaza un turismo y una motocicleta, en la forma que aparece en las fotografías que une a la demanda, para lo cual retiró losetas del suelo comunitario, de forma que dificulta enormemente las maniobras de estacionamiento en la plaza colindante, haciendo caso omiso de las quejas del actor... .
La parte actora aportó junto con la demanda un informe pericial elaborado por el Sr. Jesús Luis, quien en el acto del juicio manifestó que la motocicleta y el turismo del demandado ocupan un espacio mayor que los 4,50 metros de longitud que según los planos corresponden a las plazas de aparcamiento, y que ha habido una manipulación del pavimento. Que la motocicleta dificulta el aparcamiento en mayor medida que si se tratara de un vehículo de más longitud, dado que la altura del obstáculo es mucho mayor que la del guardabarros de un vehículo. Indica que no sabe cuantas maniobras son necesarias para aparcar en la plaza del actor, tal vez dos o tres, pero que ello depende de la pericia de la persona, y que la presencia de la moto es una agravante más a una colisión, a un incidente entre un vecino y otro.
El Perito aportado por la parte demandada, Sr. Javier, manifiesta que la motocicleta se aparca contra la pared y que el turismo más la moto ocupan en total una longitud de 4,70 metros; indica que, si bien no midió la distancia existente entre los vehículos aparcados y la verja que existe enfrente, hay tanto espacio y la maniobrabilidad es tan sencilla que el mismo pudo estacionar su vehículo en la plaza del actor, estando la motocicleta litigiosa, realizando una sola maniobra, por lo que la situación le parece inverosímil sin llegar a entender donde está el problema.
Reitera que el hecho de que la motocicleta esté delante del vehículo no supone que en total se invada más espacio que el que ocupan otros vehículos que se encuentran en el aparcamiento, y que el cambio de baldosa efectuado garantiza, no sólo la estabilidad de la moto, sino su ubicación, de forma que ésta queda determinada.
El Juez de la primera instancia entiende que el Sr. Víctor Manuel ocupa parte de espacio que no es estrictamente perteneciente a su plaza, en la misma medida que lo hacen otros propietarios con la parte delantera de sus vehículos, pero que, si bien no parece un obstáculo insalvable la colocación de la motocicleta para que pueda entrar o salir, sí que coadyuva a dificultar más la maniobra. Indica que haya una nimia invasión del espacio comunitario, pero teniendo en cuenta que el espacio con el que cuenta el Sr. Marcos para sacar su coche es pequeño y que añadir un vehículo delante del que tiene a su lado supone un esfuerzo maniobrando que no tiene porqué soportar y que además no proviene de la longitud del coche vecino (lo cual en estricta buena relación de vecindad si que hubiera tenido que aguantar el demandante) sino que proviene de la colocación de un segundo vehículo, lo cual si se tolera es viable pero si causa perjuicios obligará al propietario a tener que buscar otro lugar, por lo que el demandado debe retirar la motocicleta de ese lugar.
SEGUNDO.- Frente a la sentencia dictada se alza la parte demandada y alega que el propio Juzgador indica que no se ha acreditado que el lugar donde está aparcada la moto sea espacio comunitario y que la longitud que alcanza la medición del turismo y la moto no supera la de otros vehículos ubicados en la misma hilera, por lo que no entiende el motivo de que se le permita ocupar un espacio menor que al resto de copropietarios. Afirma que ha quedado acreditado que las plazas no están delimitadas por señal alguna que permita conocer el espacio que les corresponde, que el Sr. Víctor Manuel no ocupa ningún espacio comunitario con su motocicleta, que la longitud que ocupa no supera la de otros vehículos ubicados en la misma hilera, y que la Comunidad autorizó al Sr. Víctor Manuel a aparcar la motocicleta.
Al respecto, no comparte este Tribunal la conclusión a que llega el Juzgador de instancia, ya que ha quedado acreditado sin lugar a dudas que el espacio total ocupado por el turismo y la motocicleta del demandado es de una longitud de 4,70 metros, no superior al ocupado por otros turismos estacionados en plazas contiguas, es decir, que no sobrepasa la actuación de otros copropietarios, pero, sobretodo, es decisivo el hecho de que el espacio existente entre los vehículos estacionados y la verja situada enfrente es suficientemente amplio para poder entrar y salir de la plaza donde aparca el actor sin necesidad de efectuar excesivas maniobras, y que las mismas no ofrecen dificultad alguna.
Además, la ubicación de la motocicleta y su estabilidad vienen garantizadas por el cambio de baldosa efectuado, de forma que no dependen de la forma que en un momento u otro que se aparque, por lo que su situación en el espacio siempre será la misma, sin que pueda producirse mayor invasión de la zona de paso.
Si se considera que, en estricta buena relación de vecindad, debe tolerarse la dificultad que pueda proceder del estacionamiento de un vehículo de grandes dimensiones, no se aprecian razones que justifiquen la no tolerancia de la situación litigiosa, cuando consta que la maniobrabilidad es sencilla porque el espacio existente delante es amplio y suficiente para ello, pues, efectivamente, otra cuestión sería que se produjeran grandes problemas de aparcamiento.
FALLAMOS:Que estimando el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de don Víctor Manuel, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1.ª Instancia n.º 2 de Sant Boi de Llobregat en los autos de Juicio Verbal n.º 497/03 de fecha 22 de octubre de 2003, debemos revocar y revocamos dicha sentencia, y en su lugar, desestimando íntegramente la demanda deducida por don Marcos, debemos absolver y absolvemos al demandado de las pretensiones ejercitadas en su contra, condenando al actor al pago de las costas; todo ello sin efectuar especial imposición de las costas de este recurso.
Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 4ª, Sentencia de 6 Sep. 2004, rec. 145/2004
Admisión del estacionamiento en una misma plaza de garaje de un turismo y una motocicleta si no se dificulta el acceso a la plaza colindante.
PROPIEDAD HORIZONTAL. Plazas de garaje. Acción ejercitada por el propietario de una plaza de parking a fin de que se impida al propietario de la plaza de aparcamiento colindante que estacione en ella, junto a un turismo, una motocicleta de su propiedad. Si se considera que, en estricta buena relación de vecindad, debe tolerarse la dificultad que pueda proceder del estacionamiento de un vehículo de grandes dimensiones, no se aprecian razones que justifiquen la no tolerancia de la situación litigiosa (moto + coche), cuando consta que la maniobrabilidad es sencilla.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: ESTIMAR PARCIALMENTE la demanda presentada por Don Marcos CONDENANDO a don Víctor Manuel a retirar la motocicleta de su propiedad que tiene colocada delante de la plaza de garaje sita en la casa NUM000 de la CALLE000 NUM001-NUM002 de Sant Boi de Llobregat, sin que haya lugar a la indemnización de daños y perjuicios y sin que haya lugar a la imposición de costas."
SEGUNDO.- Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- El actor, en su calidad de propietario de la plaza de parking correspondiente a la casa número NUM003 de la CALLE000, NUM001-NUM002, de Sant Boi de Llobregat, ejercita acción a fin de que se impida al propietario de la plaza de aparcamiento colindante, correspondiente a la casa número NUM000, que estacione la motocicleta de su propiedad en el paso comunitario, alegando que desde el mes de octubre de 2002 el demandado aparca en su misma plaza un turismo y una motocicleta, en la forma que aparece en las fotografías que une a la demanda, para lo cual retiró losetas del suelo comunitario, de forma que dificulta enormemente las maniobras de estacionamiento en la plaza colindante, haciendo caso omiso de las quejas del actor... .
La parte actora aportó junto con la demanda un informe pericial elaborado por el Sr. Jesús Luis, quien en el acto del juicio manifestó que la motocicleta y el turismo del demandado ocupan un espacio mayor que los 4,50 metros de longitud que según los planos corresponden a las plazas de aparcamiento, y que ha habido una manipulación del pavimento. Que la motocicleta dificulta el aparcamiento en mayor medida que si se tratara de un vehículo de más longitud, dado que la altura del obstáculo es mucho mayor que la del guardabarros de un vehículo. Indica que no sabe cuantas maniobras son necesarias para aparcar en la plaza del actor, tal vez dos o tres, pero que ello depende de la pericia de la persona, y que la presencia de la moto es una agravante más a una colisión, a un incidente entre un vecino y otro.
El Perito aportado por la parte demandada, Sr. Javier, manifiesta que la motocicleta se aparca contra la pared y que el turismo más la moto ocupan en total una longitud de 4,70 metros; indica que, si bien no midió la distancia existente entre los vehículos aparcados y la verja que existe enfrente, hay tanto espacio y la maniobrabilidad es tan sencilla que el mismo pudo estacionar su vehículo en la plaza del actor, estando la motocicleta litigiosa, realizando una sola maniobra, por lo que la situación le parece inverosímil sin llegar a entender donde está el problema.
Reitera que el hecho de que la motocicleta esté delante del vehículo no supone que en total se invada más espacio que el que ocupan otros vehículos que se encuentran en el aparcamiento, y que el cambio de baldosa efectuado garantiza, no sólo la estabilidad de la moto, sino su ubicación, de forma que ésta queda determinada.
El Juez de la primera instancia entiende que el Sr. Víctor Manuel ocupa parte de espacio que no es estrictamente perteneciente a su plaza, en la misma medida que lo hacen otros propietarios con la parte delantera de sus vehículos, pero que, si bien no parece un obstáculo insalvable la colocación de la motocicleta para que pueda entrar o salir, sí que coadyuva a dificultar más la maniobra. Indica que haya una nimia invasión del espacio comunitario, pero teniendo en cuenta que el espacio con el que cuenta el Sr. Marcos para sacar su coche es pequeño y que añadir un vehículo delante del que tiene a su lado supone un esfuerzo maniobrando que no tiene porqué soportar y que además no proviene de la longitud del coche vecino (lo cual en estricta buena relación de vecindad si que hubiera tenido que aguantar el demandante) sino que proviene de la colocación de un segundo vehículo, lo cual si se tolera es viable pero si causa perjuicios obligará al propietario a tener que buscar otro lugar, por lo que el demandado debe retirar la motocicleta de ese lugar.
SEGUNDO.- Frente a la sentencia dictada se alza la parte demandada y alega que el propio Juzgador indica que no se ha acreditado que el lugar donde está aparcada la moto sea espacio comunitario y que la longitud que alcanza la medición del turismo y la moto no supera la de otros vehículos ubicados en la misma hilera, por lo que no entiende el motivo de que se le permita ocupar un espacio menor que al resto de copropietarios. Afirma que ha quedado acreditado que las plazas no están delimitadas por señal alguna que permita conocer el espacio que les corresponde, que el Sr. Víctor Manuel no ocupa ningún espacio comunitario con su motocicleta, que la longitud que ocupa no supera la de otros vehículos ubicados en la misma hilera, y que la Comunidad autorizó al Sr. Víctor Manuel a aparcar la motocicleta.
Al respecto, no comparte este Tribunal la conclusión a que llega el Juzgador de instancia, ya que ha quedado acreditado sin lugar a dudas que el espacio total ocupado por el turismo y la motocicleta del demandado es de una longitud de 4,70 metros, no superior al ocupado por otros turismos estacionados en plazas contiguas, es decir, que no sobrepasa la actuación de otros copropietarios, pero, sobretodo, es decisivo el hecho de que el espacio existente entre los vehículos estacionados y la verja situada enfrente es suficientemente amplio para poder entrar y salir de la plaza donde aparca el actor sin necesidad de efectuar excesivas maniobras, y que las mismas no ofrecen dificultad alguna.
Además, la ubicación de la motocicleta y su estabilidad vienen garantizadas por el cambio de baldosa efectuado, de forma que no dependen de la forma que en un momento u otro que se aparque, por lo que su situación en el espacio siempre será la misma, sin que pueda producirse mayor invasión de la zona de paso.
Si se considera que, en estricta buena relación de vecindad, debe tolerarse la dificultad que pueda proceder del estacionamiento de un vehículo de grandes dimensiones, no se aprecian razones que justifiquen la no tolerancia de la situación litigiosa, cuando consta que la maniobrabilidad es sencilla porque el espacio existente delante es amplio y suficiente para ello, pues, efectivamente, otra cuestión sería que se produjeran grandes problemas de aparcamiento.
FALLAMOS:Que estimando el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de don Víctor Manuel, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1.ª Instancia n.º 2 de Sant Boi de Llobregat en los autos de Juicio Verbal n.º 497/03 de fecha 22 de octubre de 2003, debemos revocar y revocamos dicha sentencia, y en su lugar, desestimando íntegramente la demanda deducida por don Marcos, debemos absolver y absolvemos al demandado de las pretensiones ejercitadas en su contra, condenando al actor al pago de las costas; todo ello sin efectuar especial imposición de las costas de este recurso.
- arrozpe
- V.I.P.
- Mensajes: 1926
- Registrado: 03 Dic 2007 20:26
- Ubicación: Vikalvarock (Madrid) / Ricardo
#10 Re: Coche y Moto en la misma plaza de garaje
Sin saber mucho de leyes y con miedo a equivocarme, creo entender que lo de la jurisprudencia es cosa de los USA, que en España no existe esa figura.hudsin escribió:Para marcar jurisprudencia es un buen apunte
En casa de mis padres tienen una comunidad aparte para el garaje y en los estatutos de esa comunidad mencionan que solo puede haber un vehiculo por plaza.Yomaron esta decisión en función de lo que les dijeron en el seguro.
Donde yo vivo surgio el mismo problema del número de vehiculos por plaza y cuando me toco ser vicepresidente intente informarme, pero nadie supo decirmelo a ciencia cierta, me dijeron que era una normativa municipal y fue a las juntas de distrito, pero nadie supo decirme donde estaba escrita esa normativa municipal, me revise la ley de propiedad horizontal y nada. Cuando cambiamos el seguro de la comunidad se lo comente a la comercial y se estubo informando y más de lo mismo. Nos dijo que ellos aseguraban por metros de garaje y por Nº de plazas independientemente de los vehiculos que hubiera en cada una.
Salu2

- PETRUSKI
- V.I.P.
- Mensajes: 1566
- Registrado: 09 Nov 2008 12:48
- Ubicación: Vilagarcía de Arousa. Alex .
#11 Re: Coche y Moto en la misma plaza de garaje
Bueno amigo Arrozpe, sin pretender ser más listo que nadie ni nada que se le parezca, te puedo decir que la Jurisprudencia por supuesto que existe en nuestro Ordenamiento Jurídico; no sólo existe sino que es una pieza fundamental de nuestro Derecho y de los procedimientos judiciales.
También te digo que una sentencia de una Audiencia no es Jurisprudencia, pero sí te puede ayudar y mucho a la hora de ganar un pleito.
Y en cuanto a lo de aparcar 2 vehículos en un plaza, sea cual sea el "veredicto", si sí o si no se puede, es algo que en cualquier caso no se decide con la normativa municipal sino con el Derecho Civil.
Bueno, es mi modesta opinión, que someto, como se suele decir, a cualquier otra mejor fundada en Derecho. Saludos.
También te digo que una sentencia de una Audiencia no es Jurisprudencia, pero sí te puede ayudar y mucho a la hora de ganar un pleito.
Y en cuanto a lo de aparcar 2 vehículos en un plaza, sea cual sea el "veredicto", si sí o si no se puede, es algo que en cualquier caso no se decide con la normativa municipal sino con el Derecho Civil.
Bueno, es mi modesta opinión, que someto, como se suele decir, a cualquier otra mejor fundada en Derecho. Saludos.
#12 Re: Coche y Moto en la misma plaza de garaje
por lo que recuerdo de mis años de estudiante golfo, perro y malo
la jurisprudencia en España se crea a partir de dos o mas sentencias del tribunal supremo para un mismo supuesto y en el mismo sentido. De manera que una sentencia de una audiencia provincial, no crea jurisprudencia ni vincula procesos posteriores. Corregidme si estoy equivocado.
Respecto a lo del garaje, por estadistica, si la comunidad es grande, debe haber varios imbéc*les, asi que toca lidiar con ellos, capear el temporal y no dejarse pisotear. Hay mucho acomplejado envidioso y aburrido cuya maxima preocupacion consiste en saber donde dejo mi moto, a que hora y que chicas entran en mi casa. Esta gente necesita claramente un buen maraton sexual, generalmente estan faltos de cariño...
Para mi lo mejor, no llegar a juicios. Recuerda la maldicion gitana que dice :
"juicios tengas aunque los ganes"

Respecto a lo del garaje, por estadistica, si la comunidad es grande, debe haber varios imbéc*les, asi que toca lidiar con ellos, capear el temporal y no dejarse pisotear. Hay mucho acomplejado envidioso y aburrido cuya maxima preocupacion consiste en saber donde dejo mi moto, a que hora y que chicas entran en mi casa. Esta gente necesita claramente un buen maraton sexual, generalmente estan faltos de cariño...


"juicios tengas aunque los ganes"

#13 Re: Coche y Moto en la misma plaza de garaje
Bueno,,, confirmando lo que dice el compañero petruski y sin pretender ser más sabio que los demás,,,, y teniendo en cuenta que hace ya 14 años que acabé la carrera.... sólo puede considerarse jurisprudencia la que procede de las sentencias del Tribunal Supremo (el criterio constante y uniforme de otros tribunales al aplicar el derecho,mostrado en las sentencias). Por tanto, formalmente, la doctrina, que de modo reiterado, establezcan otros tribunales al interpretar la ley, la costumbre y los principios generales del derecho, no puede ser considerada jurisprudencia.
en resumen: o llegas por 2 o más veces al tribunal supremo, o te aguantas con lo que diga el tribunal de turno.
en resumen: o llegas por 2 o más veces al tribunal supremo, o te aguantas con lo que diga el tribunal de turno.

- dltorrejon
- Pesao
- Mensajes: 345
- Registrado: 01 Dic 2007 01:29
- Ubicación: guadalajara
#14 Re: Coche y Moto en la misma plaza de garaje
yo creo que en cada plaza de garaje solo se puede aparcar un vehiculo otra cosa es que se deje o no se deje aparcar dos vehiculos.
yo tengo alquiladas varias plazas y alguna tiene 5,2m de largo y entra coche y moto de sobra y ahi gente que mete el coche y la moto pero en el contrato pone que es para un vehiculo solo porque creo el seguro solo se hace cargo de un vehiculo por plaza en caso de siniestro.
vsssss y un saludo

yo tengo alquiladas varias plazas y alguna tiene 5,2m de largo y entra coche y moto de sobra y ahi gente que mete el coche y la moto pero en el contrato pone que es para un vehiculo solo porque creo el seguro solo se hace cargo de un vehiculo por plaza en caso de siniestro.
vsssss y un saludo


Puch Condor III 50, Ducati Forza 350, Yamaha FZR 600, Suzuki GSX 750 R, Suzuki Vstrom 650.....
- Bus
- V.I.P.
- Mensajes: 2475
- Registrado: 23 Sep 2005 00:24
- Ubicación: Benaguasil (Valencia)
- Contactar:
#15 Re: Coche y Moto en la misma plaza de garaje
La sentencia es absolutoria por este motivo: ...Acción ejercitada por el propietario de una plaza de parking...
Lo primero de todo, habría que revisar los estatutos de aplicación en el garaje y si incumple los mismos, lo correcto sería una demanda en nombre de la Comunidad de Propietarios al copropietario que aparca así, para ello sería necesario el previo acuerdo de los comuneros para iniciar dichos trámites legales.
De todas formas, habría que comprobar si cuando el Ayuntamiento otorgó la preceptiva licencia, la dió para un determinado número de vehículos, porque en caso de siniestro el seguro pondría pegas.
Lo primero de todo, habría que revisar los estatutos de aplicación en el garaje y si incumple los mismos, lo correcto sería una demanda en nombre de la Comunidad de Propietarios al copropietario que aparca así, para ello sería necesario el previo acuerdo de los comuneros para iniciar dichos trámites legales.
De todas formas, habría que comprobar si cuando el Ayuntamiento otorgó la preceptiva licencia, la dió para un determinado número de vehículos, porque en caso de siniestro el seguro pondría pegas.
-
- Cansino
- Mensajes: 973
- Registrado: 02 Sep 2007 01:19
#16 Re: Coche y Moto en la misma plaza de garaje
Que no, que jurisprudencia es lo que le digo yo a mi madre cuando salgo con la moto: "que te juro que soy prudente, mamá"
Manada de iletrados,
Manada de iletrados,

-
- Asiduo
- Mensajes: 98
- Registrado: 09 Nov 2008 08:59
#17 Re: Coche y Moto en la misma plaza de garaje
Hace tiempo se habló del tema. En aquel post dejaron algunas cosas claras, aunque ya veo que nunca se sabe...
Al final lo que me pareció entender es que se puede estacionar en una plaza de garaje todos los vehículos que quepan siempre y cuando no se sobrepase el límite de la plaza y no se "moleste" al vecino.
Donde no se puede estacionar ni vehículos ni colocar ningún objeto es en las zonas comunes, ni siquiera con permiso de la comunidad. Otra cosa es que el seguro sólo se haga cargo de un vehículo por plaza y en ese caso me imagino que se declararía el de mayor valor. Esto es algo que creo, sólo incumbe al que deja los vehículos.
En el caso que nos ocupa me ha llamado la atención el hecho de que las plazas no están claramente delimitadas, con pintura en el suelo o lo que sea. Por eso si alguno tiene un coche de 5 metros asomando el morro, le han reconocido a él el mismo derecho aunque sea con dos vehículos.
En mi caso tengo dos motos (por cierto la 650 sigue en venta) y el coche en la misma plaza, pero al ser una plaza que uno de los lados da a la pared y bien "pretujaos" pues voy pasando. Además la moza que aparca en la plaza de al lado es muy simpática...
saludos
Al final lo que me pareció entender es que se puede estacionar en una plaza de garaje todos los vehículos que quepan siempre y cuando no se sobrepase el límite de la plaza y no se "moleste" al vecino.
Donde no se puede estacionar ni vehículos ni colocar ningún objeto es en las zonas comunes, ni siquiera con permiso de la comunidad. Otra cosa es que el seguro sólo se haga cargo de un vehículo por plaza y en ese caso me imagino que se declararía el de mayor valor. Esto es algo que creo, sólo incumbe al que deja los vehículos.
En el caso que nos ocupa me ha llamado la atención el hecho de que las plazas no están claramente delimitadas, con pintura en el suelo o lo que sea. Por eso si alguno tiene un coche de 5 metros asomando el morro, le han reconocido a él el mismo derecho aunque sea con dos vehículos.
En mi caso tengo dos motos (por cierto la 650 sigue en venta) y el coche en la misma plaza, pero al ser una plaza que uno de los lados da a la pared y bien "pretujaos" pues voy pasando. Además la moza que aparca en la plaza de al lado es muy simpática...
saludos
- PETRUSKI
- V.I.P.
- Mensajes: 1566
- Registrado: 09 Nov 2008 12:48
- Ubicación: Vilagarcía de Arousa. Alex .
#18 Re: Coche y Moto en la misma plaza de garaje
amigo Bus, con todos mis respetos, discrepo de tu opinión.Bus escribió:La sentencia es absolutoria por este motivo: ...Acción ejercitada por el propietario de una plaza de parking...
La razón de la desesetimación de la demanda se explica por la Audiencia en los últimos párrafos de la sentencia.
Si la razón fuese como dices tu: acción ejercitada por el propietario y no por la comunidad (o eso entiendo yo de tus palabras) el Tribunal tendría que apreciar la excepción procesal de Falta de Legitimación Activa, que ni siquiera fue alegada por el demandante, y desestimar la acción por acogimiento de la excepción y no entrar a conocer del fondo del asunto; pero no fue el caso.
Una vez más, es mi modesta opinión que someto a mejor consideración.
En cualquier caso, no quisiera convertir esta Tema en un foro de discusión técnico-jurídica, que no me parece el lugar, sino simplemente exponer un caso que nos puede tocar de cerca a muchos y que ha sido resuelto por una concreta Audiencia de una concreta manera. Nada más.
Y pensad que la mayoría de estos casos no llegan al Supremo sino que finalizan con sentencia firme en las Audiencias Provinciales, por lo que, aun siendo cierto que la Jurisprudencia, en sentido estricto, sólo es la que emana de las resoluciones del alto tribunal, como bien explicó el compañero JosePater, existe no obstante lo que los juristas llaman "jurisprudencia Menor", o sea, "jurisprudencia" de las audiencias que es la que se suele alegar a la hora de defender y argumentar asuntos de este tipo en un pleito.
Y me callo ya que me enrollo demasiado

Saludos

- fercoba
- V.I.P.
- Mensajes: 1286
- Registrado: 02 Jun 2008 20:02
- Ubicación: Orense
#19 Re: Coche y Moto en la misma plaza de garaje
Joer tio leyendote hasta pareces un abogadoPETRUSKI escribió:amigo Bus, con todos mis respetos, discrepo de tu opinión.Bus escribió:La sentencia es absolutoria por este motivo: ...Acción ejercitada por el propietario de una plaza de parking...
La razón de la desesetimación de la demanda se explica por la Audiencia en los últimos párrafos de la sentencia.
Si la razón fuese como dices tu: acción ejercitada por el propietario y no por la comunidad (o eso entiendo yo de tus palabras) el Tribunal tendría que apreciar la excepción procesal de Falta de Legitimación Activa, que ni siquiera fue alegada por el demandante, y desestimar la acción por acogimiento de la excepción y no entrar a conocer del fondo del asunto; pero no fue el caso.
Una vez más, es mi modesta opinión que someto a mejor consideración.
En cualquier caso, no quisiera convertir esta Tema en un foro de discusión técnico-jurídica, que no me parece el lugar, sino simplemente exponer un caso que nos puede tocar de cerca a muchos y que ha sido resuelto por una concreta Audiencia de una concreta manera. Nada más.
Y pensad que la mayoría de estos casos no llegan al Supremo sino que finalizan con sentencia firme en las Audiencias Provinciales, por lo que, aun siendo cierto que la Jurisprudencia, en sentido estricto, sólo es la que emana de las resoluciones del alto tribunal, como bien explicó el compañero JosePater, existe no obstante lo que los juristas llaman "jurisprudencia Menor", o sea, "jurisprudencia" de las audiencias que es la que se suele alegar a la hora de defender y argumentar asuntos de este tipo en un pleito.
Y me callo ya que me enrollo demasiado![]()
Saludos






solo los peces muertos siguen la corriente
#20 Re: Coche y Moto en la misma plaza de garaje
xjpedro escribió:Que no, que jurisprudencia es lo que le digo yo a mi madre cuando salgo con la moto: "que te juro que soy prudente, mamá"
Manada de iletrados,





- PETRUSKI
- V.I.P.
- Mensajes: 1566
- Registrado: 09 Nov 2008 12:48
- Ubicación: Vilagarcía de Arousa. Alex .
#21 Re: Coche y Moto en la misma plaza de garaje
Que va tío, es que en la Feria del Libro me compré ese de: El abogado en casa.fercoba escribió:Joer tio leyendote hasta pareces un abogadoPETRUSKI escribió:amigo Bus, con todos mis respetos, discrepo de tu opinión.Bus escribió:La sentencia es absolutoria por este motivo: ...Acción ejercitada por el propietario de una plaza de parking...
La razón de la desesetimación de la demanda se explica por la Audiencia en los últimos párrafos de la sentencia.
Si la razón fuese como dices tu: acción ejercitada por el propietario y no por la comunidad (o eso entiendo yo de tus palabras) el Tribunal tendría que apreciar la excepción procesal de Falta de Legitimación Activa, que ni siquiera fue alegada por el demandante, y desestimar la acción por acogimiento de la excepción y no entrar a conocer del fondo del asunto; pero no fue el caso.
Una vez más, es mi modesta opinión que someto a mejor consideración.
En cualquier caso, no quisiera convertir esta Tema en un foro de discusión técnico-jurídica, que no me parece el lugar, sino simplemente exponer un caso que nos puede tocar de cerca a muchos y que ha sido resuelto por una concreta Audiencia de una concreta manera. Nada más.
Y pensad que la mayoría de estos casos no llegan al Supremo sino que finalizan con sentencia firme en las Audiencias Provinciales, por lo que, aun siendo cierto que la Jurisprudencia, en sentido estricto, sólo es la que emana de las resoluciones del alto tribunal, como bien explicó el compañero JosePater, existe no obstante lo que los juristas llaman "jurisprudencia Menor", o sea, "jurisprudencia" de las audiencias que es la que se suele alegar a la hora de defender y argumentar asuntos de este tipo en un pleito.
Y me callo ya que me enrollo demasiado![]()
Saludos![]()
![]()
![]()
![]()
![]()

-
- Cansino
- Mensajes: 840
- Registrado: 01 Dic 2007 20:33
- Ubicación: Mirando pal Oeste.
#22 Re: Coche y Moto en la misma plaza de garaje
No he leido la sentencia
pero en mi plaza de garaje tengo la V, el ciclomotor y el coche... Y no sobrepaso los límites, es decir, ¿estoy dentro de la legalidad? Siendo así, en mi comunidad, no tengo problemas, solo el de al lado, que me pliega el espejo del coche...pero ni caso, está dentro de mi plaza
La V al fondo, el ciclomotor a un lado, y el coche en medio.


La V al fondo, el ciclomotor a un lado, y el coche en medio.

Camarón que se duerme...se lo lleva la corriente.
- PERIGUAY
- V.I.P.
- Mensajes: 3209
- Registrado: 21 Dic 2007 14:07
- Ubicación: Pedro/Ávila/Comando Vextrem/Comando Castilla
#23 Re: Coche y Moto en la misma plaza de garaje
...luego está lo que pasa en lacomunidad donde tengo el desapcho y tambien una plaza de garaje.
En pricipio se dejo meter dos vehiculos a un propietario porque el hombre está en silla de ruedas, y al final esto se ha combertido en una anarquia y ahora aparcan en una plaza(textualmente): un clio, una escuter y dos bicis.
En otra aprcan un coche y un carro de perros, y en otra uno ha dejado parte de un armario desmontado y al lado el coche. ¡¡QUE PAIS ESTE!!
En pricipio se dejo meter dos vehiculos a un propietario porque el hombre está en silla de ruedas, y al final esto se ha combertido en una anarquia y ahora aparcan en una plaza(textualmente): un clio, una escuter y dos bicis.
En otra aprcan un coche y un carro de perros, y en otra uno ha dejado parte de un armario desmontado y al lado el coche. ¡¡QUE PAIS ESTE!!

"Nunca discutas con un imbéc*l, te rebajarás a su altura y ahí te ganará por experiencia"
- PETRUSKI
- V.I.P.
- Mensajes: 1566
- Registrado: 09 Nov 2008 12:48
- Ubicación: Vilagarcía de Arousa. Alex .
#24 Re: Coche y Moto en la misma plaza de garaje
Chicos, para hacer esto más divertido, podemos poner: cosas que se guardan en una plaza de garaje, algún día os pondré una foto de una en que se guarda un coche, una moto y un BARCOPERIGUAY escribió:...luego está lo que pasa en lacomunidad donde tengo el desapcho y tambien una plaza de garaje.
En pricipio se dejo meter dos vehiculos a un propietario porque el hombre está en silla de ruedas, y al final esto se ha combertido en una anarquia y ahora aparcan en una plaza(textualmente): un clio, una escuter y dos bicis.
En otra aprcan un coche y un carro de perros, y en otra uno ha dejado parte de un armario desmontado y al lado el coche. ¡¡QUE PAIS ESTE!!



- PERIGUAY
- V.I.P.
- Mensajes: 3209
- Registrado: 21 Dic 2007 14:07
- Ubicación: Pedro/Ávila/Comando Vextrem/Comando Castilla
#25 Re: Coche y Moto en la misma plaza de garaje
Juer, pues eso es una plaza de garaje y lo demas mariconadas...... 

"Nunca discutas con un imbéc*l, te rebajarás a su altura y ahí te ganará por experiencia"